Directrices internacionales ayudarían a frenar la actividad ilegal relacionada con el transbordo de pescado en el mar

En su reunión de febrero, el organismo de las Naciones Unidas debería acordar mejoras en la supervisión, notificaciones y rendición de cuentas del transbordo de pescado

Directrices internacionales ayudarían a frenar la actividad ilegal relacionada con el transbordo de pescado en el mar

En gran parte del mundo, la forma más rápida de que el pescado capturado con fines comerciales llegue del mar al mercado es a través del transbordo, un método por el que las capturas se transfieren del buque pesquero a un barco de transporte que las lleva a puerto. Sin embargo, la regulación, el control y la ejecución del transbordo en el mar suelen ser inadecuadas, lo que abre la puerta a actividades ilícitas, incluido el blanqueo de las capturas ilegales y el tráfico de especies silvestres y personas.

Muchas organizaciones regionales de pesca (ORP), que son las que gestionan las poblaciones de peces en distintas zonas del océano, reconocen los riesgos que entrañan los transbordos no regulados y, por eso, han elaborado algunas medidas para controlar estas actividades. No obstante, esa supervisión es irregular, se hace de forma ad hoc, y carece de uniformidad, lo que obviamente reduce su eficacia.

Afortunadamente, esta situación podría cambiar pronto. Cuando los miembros del Comité de Pesca (COFI) de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) se reúnan virtualmente del 1 al 5 de febrero, tendrán la oportunidad de iniciar la elaboración formal de las directrices internacionales para el transbordo, y así ayudar a las ORP y a los gobiernos a gestionar el transbordo de forma más coordinada, armonizada y satisfactoria.

El COFI, que se reúne cada dos años para revisar y proporcionar orientación sobre la industria pesquera y acuícola mundial, lleva desde 2016 trabajando en la elaboración de estas directrices, cuando sus miembros solicitaron específicamente a la FAO que comenzara a explorar las regulaciones relativas al transbordo de pescado. Como resultado de las reuniones a alto nivel, las sesiones de trabajo con expertos y los proyectos de investigación llevados a cabo en los países, la FAO presentó un informe en diciembre que subraya cinco elementos clave que deberían incluirse en las directrices:

  1. Definiciones universales: El transbordo debería llevarse a cabo únicamente cuando existan definiciones claras y acordadas sobre lo que significa el "transbordo", la "contenedorización" y el "desembarque".
  2. Requisitos de autorización: Únicamente deberían tener autorización para el transbordo aquellos buques que cumplan ciertas obligaciones específicas. Estos requisitos pueden incluir que los buques figuren en la lista de embarcaciones autorizadas y que enarbolen la bandera del pabellón del Estado miembro de la ORP donde se realicen los transbordos; que los buques no puedan actuar como buques cedentes y receptores en el mismo viaje, lo que significa que no pueden descargar y recibir capturas a la vez; que se apliquen medidas de seguimiento, control y vigilancia; y que los buques elegibles figuren en el sistema de numeración de la Organización Marítima Internacional.
  3. Obligación de notificación: Los operadores de los buques deberían estar obligados a presentar declaraciones e informes de transbordo estandarizados a todas las autoridades pertinentes, incluidas las ORP. Estos informes deben incluir todas las especies transbordadas, incluidas las capturas accesorias y todas las especies no reguladas. Asimismo, las notificaciones e informes previos y posteriores al transbordo deben presentarse lo antes posible, y las autoridades competentes deben establecer procedimientos de auditoría para verificar todos los datos de transbordo de los buques, los Estados de pabellón y los observadores.
  4. Medidas de supervisión: Los buques deben transmitir sus datos de ubicación a través de un sistema de localización de buques por satélite, así como proporcionar verificaciones independientes de sus actividades a través de la cobertura de observadores humanos o mediante un monitoreo electrónico. Todos los Estados que reciben buques involucrados en transbordos deben adoptar medidas del Estado rector del puerto, junto con sistemas de documentación de las capturas o programas de trazabilidad para todas las capturas transbordadas.
  5. Procedimientos para compartir información: Las autoridades de todos los Estados de pabellón, Estados costeros y Estados rectores del puerto pertinentes, así como las secretarías de las ORP, están obligadas a seguir los procedimientos estandarizados de intercambio de datos que deben establecer las autoridades competentes para ayudar a garantizar una comunicación e información de la actividad coherente y eficaz. Las ORP deben garantizar el carácter público de esta información —en forma de informes anuales— con fines científicos y de cumplimiento normativo.

En la reunión del COFI del mes de febrero, los miembros deben exigir a la FAO que establezca procesos formales de negociación para elaborar un borrador de las directrices de transbordos internacionales partiendo de los elementos mencionados anteriormente; en una fase posterior, en 2022, el COFI podría adoptar estas directrices. Esto representaría un gran avance hacia el establecimiento de procesos de transbordo transparentes que consoliden una cadena de suministro de pescado y marisco que sea, a la vez, sostenible y verificable.

Dawn Borg Costanzi y Esther Wozniak trabajan en el programa de pesquerías internacionales de Pew.